El
detective
Lejos de
visión comercial del detective en Hollywood y del mítico
Sherlock Homes, obra de Sir Arthur Conan Doyle, la
Investigación Privada en España es una actividad reconocida y
regularizada desde 1951, reservada a los Detectives Privados
legalmente habilitados.
En la
actualidad, la profesión está regulada por la Ley 23/1992 de
Seguridad Privada y su posterior desarrollo reglamentario. La
citada Ley detalla, como funciones exclusivas y excluyentes de
los Detectives Privados, la aportación de información y pruebas
sobre hechos y conductas privadas, que afecten tanto al ámbito
personal, socio-laboral, empresarial y económico financiero de
la sociedad o de los particulares.
Para la
realización de dichas actividades, es necesario disponer de una
licencia oficial de carácter nacional de Detective Privado,
emitida por el Ministerio del Interior a aquellos profesionales
que reúnen los requisitos exigidos por la Ley, entre los que se
incluye una formación previa en la universidad a nivel de diplomatura de, al menos, 3 años de duración y con una carga
lectiva superior a 180 créditos.
¿Quiere
saber más acerca de los detectives o los requisitos para serlo?
Pulse aquí:
http://www.mir.es/SGACAVT/personal/detectivespri/funciones.html
Colegio de
Detectives Privados de Valencia:
Código
deontológico de la profesión.
(Pulse aquí)
Aranceles
mínimos revisión 2001.
(Pulse aquí)
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